Ya está aquí la Ley de Desahucio Express
Si tienes una vivienda y tienes deudas que no puedes afrontar, cuidado, ya ha sido aprobada la Ley de Desahucio Express, mediante la que se agilizan estos trámites en caso de morosidad. La nueva ley, llamada Ley de Fomento del Alquiler estipula que el desahucio se llevará a cabo en un plazo no superior a 15 días en caso de impagos de los inquilinos.
Según se indica en el desarrollo de la ley, los plazos para presentar una demanda de desahucio quedan reducidos a un mes, desde el momento en el que el arrendador interpone un requerimiento al inquilino por impago hasta la presentación de la demanda. Eso sí, durante ese tiempo, el inquilino puede ponerse al día en sus deudas y evitar la aplicación de la ley.
La ley añade un punto curioso, del que yo no tenía constancia hasta el momento, y es que el casero puede reclamar el piso antes de cumplir los cinco años de alquiler en caso de necesitarlo para algún familiar, aunque todo esto tiene que venir indicado en el contrato, así que no estaría de más leer lo que se va a firmar, sobre todo a la hora de alquilar algún piso. Si alguno de nuestros lectores da la casualidad que se encuentra en una situación similar, debe saber que si la ocupación de dicho inmueble no se ejecuta antes de tres meses, estamos en nuestro de derecho de volver al mismo, y de ser indemnizados por el tiempo de desalojo, claro que todo esto tiene que venir indicado en el contrato.
Así que si vives de alquiler que sepas que la situación ha cambiado, que hay situaciones en las que está estipulada la protección de tus derechos, también tiene una serie de deberes que cumplir con tu arrendatario.