El seguro de protección de pagos por divorcio
La nueva Ley del Divorcio de 2005 ha permitido agilizar los trámites burocráticos para la separación de los cónyuges. Si en 1981 se registrarón 16.334 divorcios, tras la puesta en marcha de este plan la cifra se ha disparado hasta contabilizarse una media 150.000 separaciones al año. Se estima que actualmente cada tres minutos se rompe una pareja en España y que para 2010 por cada unión se producirá una separación.
Otro dato preocupante es la frecuencia con la que las asociaciones de padres y madres separadas denuncian el incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia para los hijos que tienen en custodia. Durante 2008 se llegaron a contabilizar hasta un 30% más de denuncias de parejas separadas que no están cumpliendo con los términos económicos pactados en la separación. Ante esta situación hoy queremos hablaros de una póliza que puede ayudaros frente a este tipo de impagos.
El seguro de protección de pagos por divorcio o separación es una póliza temporal que se aplica en caso de fallecimiento, invalidez o desempleo del cónyuge obligado al pago de las pensiones alimenticias y/o complementarias. Es decir, pretende garantizar el pago de la pensión a los hijos e hijas hasta que estos cumplan 22 años.
Esta póliza puede ser muy útil para el cónyuge obligado a pagar la pensión, ya que le protege de improvistos. Su cobertura es muy amplia y pude ser una importante ayuda complementaria a la prestación por desempleo en el caso de que se quede sin trabajo.
Aunque el precio de cada póliza varía según la cobertura y situación de cada cliente, esta suele rondar entre a los 300 y los 800 euros anuales. El principal problema es que sólo suele ser contratado por parejas cuyo divorcio ha sido amistoso y sin problemas judiciales. En caso contrario, no existe ninguna ley que obligue al cónyuge a contratar el seguro.


Dudo mucho que tal como estan las cosas, que el padre encima de pagar la pensión a sus hijos, tenga dinero para un seguro de estos.