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coche_historico.jpgSi en el anterior post de seguros comenzábamos con una pequeña mirada atrás, recurriendo a una idea del pasado para mirar al futuro, ahora vamos a darle la vuelta, traigamos objetos del pasado al futuro. Más específicamente un vehículo a motor que queramos pasear por nuestra ciudad. ¿Qué debemos hacer para que nos consideren un vehículo como histórico?. Basándonos en el Real Decreto 1247/1995 del 14 de Julio de 1.995, intentaremos resolver las dudas de los pasos a seguir para que una moto, coche, camión, o cualquier otro vehículo a motor sin importar su fin (pueden ser utilitarios, superdeportivos, o incluso vehículos de uso industrial) sea declarado histórico.

Los requisitos mínimos para que un vehículo sea declarado histórico son:

  1. Superar los 25 años de antigüedad desde su fabricación o primera matriculación.
  2. El vehículo debe tener sus piezas originales o en todo caso réplicas de las piezas creadas por el fabricante.

Estos son los dos puntos que marcan si un vehículo puede ser declarado como histórico. A partir vamos a tratar de ver los pasos burocráticos que debemos seguir para conseguir esto.

  1. Inspección previa por un laboratorio oficial acreditado por la consejería de industria de cada comunidad autónoma.
  2. Resolución favorable para incluir el vehículo en el catalogo de vehículos históricos. Esto lo dicta la consejería de Industria una vez recibido el informe realizado por el laboratorio acreditado.
  3. Pasar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) de la comunidad autónoma en la que se matricule.
  4. Matricular el vehículo en Tráfico.

Para realizar estos pasos lo antes posible, sin extenderse las demoras normales de los organismos a los que tenemos que acudir, debemos presentar la siguiente documentación:

  1. Toda la documentación que se tenga para acreditar las características del vehículo. Si no se dispone de dicha documentación debe acudir a una entidad que tenga la capacidad de certificar las características del vehículo. Es decir, si carece de la documentación necesaria debe ponerse en contacto con el fabricante o con un club relacionado con vehículos antiguos que pueda certificar todos los datos de su vehículo.
  2. Un informe del fabricante, o club, que indique porqué dicho vehículo puede entrar en la denominación de histórico, las limitaciones en el permiso de circulación que debe asumir y de que requisitos esta exento en la ITV.
  3. Por último necesita una ficha reducida emitida por el fabricante o club con las características técnicas del vehículo en cuestión, junto con 4 fotografías de los 4 lados del vehículo.

En resumen, el vehículo debe tener 25 años como mínimo. Debe tener todas las piezas originales o reproducciones certificadas. Debe pasar una inspección de un laboratorio certificado por Industria para que esta consejería le incluya en el catalogo de vehículos históricos. Debe pasar la ITV y ser matriculado en Tráfico. Para que estos trámites se pasen sin problemas debemos tener la documentación que certifique las características y originalidad del vehículo, un informe que diga las razones para que sea tratado de histórico, qué limitaciones tiene a la hora de circular, si las tuviese, y qué pruebas no tiene porque pasar en la ITV. Y para terminar una ficha técnica reducida con 4 fotografías. Obviamente por muy bonito que sea nuestro vehículo recién catalogado como histórico no nos va a librar de tener que incluir en los gastos la letra del seguro. Eso sí alguna ventaja debemos tener, el seguro de un vehículo histórico es más accesible que uno normal ya que tiene en cuenta que estos vehículos no son de uso diario, sino más bien son bienes de coleccionismo que son cuidados en extremo por sus dueños. Además de tener seguros específicos para Clubs de vehículos históricos y otras ventajas además del placer de conducir nuestros pequeños pedazos de historia.

Para solventar las dudas que os puedan surgir de la lectura, aquí dejamos los enlaces a las páginas de industria para que podáis consultar por vuestra comunidad autónoma propia.

Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, Navarra, La Rioja, Castilla León, Castilla La Mancha, Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Extremadura, Comunidad Valenciana, Región de Murcia, Andalucía, Baleares, Canarias

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